Brewer Carías termina su docuimento con este llamado a la resistencia frente a las autoridades ilegítimas, llamado que yo apoyo plenamente. Creo que los venezolanos deben insurgir civicamente en contra de este régimen ilegitimo y corrupto. Realmente, no hacerlo es convalidarlo.
Esto es lo que dice Brewer Carías:
LA RESISTENCIA FRENTE A AUTORIDADES ILEGÍTIMAS
En esta forma, en apenas una semana, y como producto de
una conspiración para
cambiar con violencia institucional la Constitución, de
la cual formaron parte la
Presidenta del Consejo Moral Republicano y los otros
órganos del Poder Ciudadano,
el Presidente de la Asamblea Nacional y el grupo de
diputados oficialistas, y los
magistrados de la Sala Constitucional del Tribunal
Supremo de Justicia, se dio un
golpe de Estado y se mutó ilegítimamente la Constitución
para elegir
inconstitucionalmente a los titulares de los órganos del
Poder Ciudadano, del Poder
Electoral y del Tribunal Supremo de Justicia, por un
órgano que carece de
competencia para ello, como es la Asamblea Nacional
actuando como órgano
legislativo ordinario, cuando ello le corresponde a la
Asamblea como cuerpo elector
de segundo grado que sólo puede actuar con la mayoría de
las 2/3 partes de sus
integrantes, o por la Sala Constitucional del Tribunal
Supremo de Justicia. En ambos
casos ha habido una usurpación de funciones que hace
nulos los actos dictados,
quedando las designaciones efectuadas como ilegitimas de
origen.
La Constitución violada, sin embargo, como lo precisa su
artículo 333, por el
hecho de haberse dejado de observar por el acto de fuerza
institucional antes
mencionado, no ha perdido vigencia, estando obligado todo
ciudadano, esté
investido o no de autoridad, de colaborar con los medios
de los cuales dispone al
restablecimiento de su efectiva vigencia.
Y en cuanto a las autoridades ilegitimas designadas
mediante el golpe de Estado
de diciembre de 2015, conforme al artículo 350 de la
misma Constitución, el pueblo
de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha
por la independencia, la paz
y la libertad, está en la obligación de desconocerlas,
por contrariar los valores,
principios y garantías democráticos, y por menoscabar al
menos el derecho
ciudadano a la democracia y a la supremacía
constitucional.
Este derecho de resistencia a la opresión o a la tiranía,
como lo ha señalado la
Sala Constitucional en sentencia Nº 24 de 22 de enero de
2003 (Caso: Interpretación
del artículo 350 de la Constitución), es precisamente el que “está reconocido en el
artículo 333 de la Constitución, cuya redacción es casi
idéntica al artículo 250 de la
Carta de 1961” agregando la Sala que:
“Esta disposición está vinculada, asimismo, con el
artículo 138 eiusdem, que
declara que ‘Toda autoridad usurpada es ineficaz y sus
actos son nulos.’
El derecho a la restauración democrática (defensa del
régimen constitucional)
contemplado en el artículo 333, es un mecanismo legítimo
de desobediencia
civil que comporta la resistencia a un régimen usurpador
y no
constitucional.”
Pero sin embargo, la misma Sala Constitucional
conspiradora, al “interpretar”
dicho artículo 350, en la misma sentencia Nº 24 de 22 de
enero de 2003 argumentó,
restrictivamente, que el derecho del pueblo de desconocer
las autoridades ilegítimas
en él previsto, sólo:
“puede manifestarse constitucionalmente mediante los
diversos mecanismos
para la participación ciudadana contenidos en la Carta
Fundamental, en
particular los de naturaleza política, preceptuados en el
artículo 70, a saber: “la
elección de cargos públicos, el referendo, la consulta
popular, la revocación del
mandato, las iniciativas legislativa, constitucional y
constituyente, el cabildo
abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas.”
Es decir, en general, la Sala Constitucional,
materialmente redujo las formas de
ejercer dicho derecho a la resistencia a los mecanismos
de sufragio (de elección o de
votación), cuyo ejercicio esta precisamente controlado
por uno de los órganos
ilegítimos que el pueblo tiene derecho a desconocer, como
es el Consejo Nacional
Electoral cuyos titulares fueron recién electos por la
propia Sala Constitucional
usurpando la función de la Asamblea Nacional como cuerpo
elector de segundo
grado.
Ello, al hacer imposible que se pueda ejercer dicho
derecho a la resistencia, tanto
por la actuación de la Sala Constitucional usurpadora
como contra el Consejo
Nacional Electoral ilegítimo, necesariamente tiene que
abrir otras alternativas
democráticas para su
manifestación.
Nota mía: Cuales son esas otras alternativas democráticas? Huelga general, sentarse en las calles, manifestar incesantemente, desconocer el régimen abiertamente, INSURGIR CIVICAMENTE.
4 comentarios:
Buena idea! Justo cuando la oposición tiene, por primera vez, una clara mayoría, vamos a la abstención, a una intentona sin militares. Además contamos con Brewer que nos prepara los Decretos. Brillante!
En este mismo orden de ideas,la denuncia aquí publicada con el título de "Mi voto salvado", fue presentada formalmente ante el Ministerio Público el 20 de Agosto del 2013 a las 11:40 am. Fue recibida con todos sus anexos y quedó registrada con el Nro 3723 del libro y sistema computarizado respectivo.http://blogdelcnelbellorin.blogspot.com.es/2013/08/mi-voto-salvado.html
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